El ejecutivo de Warner Bros. Pictures, Walter Hamada, quien se desempeña como presidente de la división de cine y televisión de DC de la compañía, confirmó que el estudio consideró suplantar a Amber Heard en el filme “Aquaman and the Lost Kingdom”.
La actriz inicialmente hizo su debut en el Universo extendido de DC (DCEU) en “Justice League” de 2017 como Mera, la princesa del reino submarino de Xebel. Más tarde repitió su papel en “Aquaman” en 2018.

Heard ha afirmado que, como resultado de su disputa personal con su exmarido Johnny Depp, su papel como Mera se redujo significativamente de su tamaño inicial y que Warner Bros. quería que la eliminaran por completo de “Aquaman and the Lost Kingdom”.
Mientras testificaba virtualmente esta semana durante el juicio de Depp vs. Heard, Hamada (a través de The Wrap) confirmó que el estudio consideró suplantar a Heard para “Aquaman and the Lost Kingdom”. Sin embargo, el motivo del cambio de reparto no se debió a los asuntos personales de Heard, sino a la aparente falta de química entre Momoa y ella en la película anterior, según declaraciones de Hamada.

“Fueron las preocupaciones que surgieron al final de la primera película, que era el tema de la química, ¿los dos tenían la química? Creo que editorialmente pudieron hacer que esa relación funcionara en la primera película, pero había una preocupación que tomó mucho esfuerzo llegar allí y ¿sería mejor encontrar a alguien que tenga una mejor química y más natural con Jason Momoa y seguir adelante de esa manera?”, señaló el directivo.
Hamada ratificó que Warner Bros. redujo el papel de Heard como Mera en la secuela, pero negó las afirmaciones de la actriz que se debió a la reacción negativa del público derivada de su batalla con su exmarido. Hamada reiteró que todas las acciones tomadas por Warner Bros. con respecto a Mera fueron puramente decisiones editoriales para mejorar la próxima secuela de “Aquaman” en un esfuerzo por hacer la mejor cinta posible.
“Aquaman and the Lost Kingdom” llegará a los cines el 17 de marzo de 2023.