Una persona puede solicitar asilo afirmativo dentro del año de haber llegado a los Estados Unidos, independiente de su estatus legal actual o forma de haber llegado al país. Es importante tener en cuenta este concepto si estás pensando en solicitar asilo en EE.UU. A continuación repasa seis cosas que debes tener en cuenta durante este proceso.
1. La veracidad del caso
Solicitar asilo es un asunto delicado en los Estados Unidos. No debes pedirlo si no tienes un caso real que puedas probar fehacientemente Recuerda que la figura del asilo está dirigida a personas que buscan protección por el sufrimiento de persecución o por el temor de sufrirla en el futuro. Una persecución debida a los factores de: raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular y/o opinión política.
2. Las agencias pro bono
En los Estados Unidos existen varias organizaciones o bufetes de abogados pro bono (por el bien público por su nombre en latin), que toman casos de asilo afirmativo sin costo alguno. Esta es la primera opción que debes buscar sino cuentas con los recursos necesarios para pagar un abogado. No obstante, debes saber que está a su discreción aceptar o no tu caso. Sí aceptan tu caso, ellos correrán con absolutamente todos los gastos de preparación y representación.

3. El asesoramiento de un abogado
Nunca debes perdir asilo sin el asesoramiento de un abogado, un simple error en el llenado de las planillas para pedir asilo afirmativo podrían negar tu caso. Además tu abogado podrá estar presente durante la entrevista frente al oficial de inmigración.
4. Los lapsos de espera para la entrevista
A partir del 29 de enero de 2018, la división de asilo del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE.UU (USCIS) programa las entrevistas de asilo en el orden de prioridad siguiente:
– Primera prioridad: Solicitudes que fueron programadas para una entrevista, pero la entrevista fue reprogramada a solicitud del peticionario o de USCIS.
– Segunda prioridad: Solicitudes que han estado pendiente por 21 días o menos a partir de que fueran presentada.
– Tercera prioridad: Todas las solicitudes de asilo afirmativo restantes serán programadas para entrevistas comenzando con aquellas presentadas más recientemente, y en orden retrospectivo hacia solicitudes más antiguas.
Este cambio en la programación de las entrevistas ocasionó la relantización del proceso, en especial, para las personas que ya tenían tiempo esperando su cita.
5. Entrevista
La USCIS emitirá una notificación de entrevista cuando tu solicitud haya sido procesada. Debes ir en persona a unas de las oficinas que te indicarán, donde un oficial de inmigración ya habrá estudiado tu caso y confrontará su veracidad con tus declaraciones. El oficial será quien determine tu elegibilidad y su oficial supervisor revisará la decisión.

Puedes traer contigo a tu abogado o un representante autorizado a la entrevista. Tu cónyuge o cualquier hijo que busca obtener beneficios de asilo derivado deben asistir a la entrevista también. Si no puedes hacer tu entrevista en inglés debes llevar un intérprete. Por lo general, la entrevista dura una hora, pero hay casos que puede demorar más dependiendo su naturaleza. Hay entrevistas que han durado hasta cuatro horas.
6. El permiso de trabajo
Solo podrás solicitar la autorización de empleo 365 días después que presentaste tu solicitud de asilo completada. Según la USCIS podrías ser elegible para recibir autorización de empleo basada en una solicitud de asilo pendiente si:
– Entraste legalmente a Estados Unidos en o después del 25 de agosto de 2020.
– En el caso de las solicitudes de asilo presentadas en o después del 25 de agosto de 2020, presentaste tu solicitud de asilo dentro del plazo de un año después de tu última entrada a Estados Unidos. (O un oficial de asilo o juez de inmigración determinó que cualificas para una exención de la fecha límite de un año para presentar la solicitud, o eras un menor extranjero no acompañado en la fecha en que se presentó la solicitud de asilo por primera vez).
– Compareciste a todas las citas programadas para la toma de datos biométricos relacionadas con tu solicitud de asilo o autorización de empleo.
– Compareciste a tu entrevista con el oficial de asilo de USCIS, o a tu audiencia ante un juez de inmigración, si se te solicitó o programó.
– No tienes un retraso pendiente causado por ti mismo relacionado con tu solicitud de asilo cuando presentaste la autorización de empleo.
– No se ha tomado una decisión final sobre tu solicitud de asilo.